A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Rp Dental Sa·Demandado Ese Hospital Francisco Valderrama De Turbo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbo.
Es causa de la controversia, demanda ejecutiva presentada por la sociedad R.P.
Dental S.A., contra la E.S.E.
Hospital Francisco Valderrama con la finalidad de obtener el pago del valor contenido en las facturas allegadas al expediente y que corresponden a suministros médicos entregados a la mencionada entidad prestadora.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente reiterar lo dispuesto en Auto 403 de 2021, según el cual, cuando (i) una entidad estatal (ii) incorpore derechos en títulos valores (iii) en el marco de sus relaciones contractuales y (iv) quien fue parte en ese contrato (v) la demande para hacer efectivo el pago del derecho incorporado, (vi) la jurisdicción competente será la de lo contencioso administrativo, (vii) por tratarse de controversias derivadas del contrato estatal.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Tribunal Administrativo de Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbo y a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de declarar que el Tribunal Administrativo de Antioquia es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por R.P Dental S.A. en contra de la E.S.E. Hospital Francisco Valderrama.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-4849 al Tribunal Administrativo de Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Turbo y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.